Calculadora de Finiquito 2026

El finiquito es el documento de liquidación que recoge todas las cantidades pendientes que la empresa debe abonar al trabajador cuando finaliza la relación laboral. Incluye el salario de los días trabajados del último mes, las vacaciones no disfrutadas, la parte proporcional de las pagas extraordinarias (si no están prorrateadas), y cualquier otro concepto devengado pendiente de cobro.

Es importante distinguir el finiquito de la indemnización por despido: el finiquito se genera siempre que termina un contrato (despido, baja voluntaria, fin de temporal, jubilación), mientras que la indemnización solo corresponde en ciertos tipos de despido (improcedente, objetivo, etc.).

Nuestra calculadora te permite obtener un desglose detallado de tu finiquito en segundos, introduciendo tu salario, fechas de contrato y baja, vacaciones disfrutadas y tipo de pagas. El resultado te ayudará a verificar si la liquidación que te ofrece la empresa es correcta.

Datos del contrato

Resultado del finiquito

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Cómo se calcula el finiquito paso a paso

El finiquito se compone de varios conceptos que se calculan por separado y luego se suman. A continuación te explicamos cada uno:

1. Salario de los días trabajados del mes de baja

Se calculan los días desde el día 1 del mes (o desde el inicio del contrato si empezó ese mes) hasta el último día trabajado:

Salario días trabajados = (Salario mensual ÷ 30) × Días trabajados

Nota: Algunos convenios dividen entre los días naturales del mes en lugar de 30.

2. Vacaciones no disfrutadas

Se calculan los días de vacaciones generados desde el 1 de enero hasta la fecha de baja, se restan los días ya disfrutados, y se multiplica por el salario diario:

Días generados = (Días vacaciones anuales ÷ 365) × Días del año trabajados

Vacaciones a liquidar = (Días generados - Días disfrutados) × Salario diario

Ejemplo: Si tienes 30 días de vacaciones al año y has trabajado 180 días, has generado 14,79 días. Si disfrutaste 7, te corresponden 7,79 días de vacaciones en el finiquito.

3. Parte proporcional de pagas extraordinarias

Solo aplica si tienes pagas extras no prorrateadas (14 pagas). Se calcula la parte generada desde el inicio del periodo de devengo hasta la fecha de baja:

Prorrata paga extra = (Importe paga ÷ Meses de devengo) × Meses trabajados en el periodo

Devengo semestral: Paga de verano (enero-junio), paga de Navidad (julio-diciembre).

Devengo anual: Cada paga se genera durante los 12 meses anteriores.

4. Otros conceptos

Pueden añadirse al finiquito:

  • Horas extra pendientes de cobro
  • Comisiones devengadas
  • Plus de transporte o dietas pendientes
  • Compensación por preaviso no cumplido por la empresa (despido objetivo)

5. Posibles descuentos

La empresa puede descontar legalmente:

  • Anticipos o préstamos pendientes
  • Preaviso no cumplido (en baja voluntaria)
  • Vacaciones disfrutadas de más
  • Retenciones de IRPF y Seguridad Social

Ejemplos prácticos de cálculo de finiquito

Baja voluntaria

Empleado que se va el 15 de marzo

  • Salario mensual: 1.800 €
  • Pagas: 14 (extras en junio y diciembre)
  • Vacaciones anuales: 30 días
  • Vacaciones disfrutadas: 0 días
  • Fecha baja: 15 de marzo

15 días marzo: 900,00 €

Vacaciones (6,08 días): 364,93 €

Prorrata paga verano (2,5 meses): 750,00 €

Prorrata paga Navidad (2,5 meses): 375,00 €

Finiquito bruto: 2.389,93 €

Despido en septiembre

Despido el 30 de septiembre

  • Salario mensual: 2.500 €
  • Pagas: 12 (prorrateadas)
  • Vacaciones anuales: 22 días laborables
  • Vacaciones disfrutadas: 15 días
  • Fecha baja: 30 de septiembre

Septiembre completo: 2.500,00 €

Vacaciones generadas: 16,44 días

Vacaciones pendientes (1,44 días): 163,64 €

Prorrata pagas extra: 0 € (prorrateadas)

Finiquito bruto: 2.663,64 €

+ Indemnización según tipo de despido

Fin contrato temporal

Contrato de 6 meses finalizado

  • Salario mensual: 1.500 €
  • Pagas: 14 pagas
  • Vacaciones anuales: 30 días
  • Vacaciones disfrutadas: 5 días
  • Duración contrato: 6 meses

Último mes completo: 1.500,00 €

Vacaciones (10 días): 500,00 €

Prorrata pagas (6 meses): 1.500,00 €

Indemnización fin temporal (12d/año): 295,89 €

Finiquito bruto: 3.795,89 €

Errores comunes en el cálculo del finiquito

1. Confundir finiquito con indemnización

El finiquito liquida lo ya generado (salario, vacaciones, pagas). La indemnización es adicional y solo en ciertos despidos. No aceptes un finiquito como "pago total" si también te corresponde indemnización.

2. No verificar el cálculo de vacaciones

Las empresas a veces calculan mal los días de vacaciones generados o no descuentan correctamente los disfrutados. Lleva tu propio cálculo y compara antes de firmar.

3. Olvidar la prorrata de pagas extra

Si tienes 14 pagas, la parte proporcional generada desde el último cobro debe incluirse. Verifica que aparezca en el finiquito y que el cálculo de meses sea correcto.

4. Aceptar descuentos no justificados

La empresa solo puede descontar anticipos, préstamos o preaviso incumplido. Cualquier otro descuento (uniformes, formación, etc.) requiere tu autorización expresa o sentencia judicial.

5. No pedir el certificado de empresa

El certificado de empresa es imprescindible para solicitar el paro. La empresa está obligada a entregarlo. Sin él, no podrás cobrar la prestación por desempleo.

6. Firmar sin revisar

Aunque puedes firmar "no conforme", es mejor detectar errores antes. Pide el borrador del finiquito con antelación para revisarlo con calma y consultar dudas.

Preguntas frecuentes sobre el finiquito

El finiquito es el documento de liquidación que recoge todas las cantidades que la empresa debe al trabajador al finalizar la relación laboral. Se cobra en el momento de la extinción del contrato, independientemente de la causa: despido, baja voluntaria, fin de contrato temporal, jubilación, mutuo acuerdo, etc. La empresa está obligada a entregarlo junto con el certificado de empresa para el paro.

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Aviso importante: Esta calculadora proporciona una estimación orientativa basada en la normativa vigente. Los resultados no constituyen asesoramiento legal, fiscal o laboral y no sustituyen la consulta con un profesional cualificado. Para situaciones específicas, recomendamos consultar con un abogado laboralista o asesor fiscal.

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