Calculadora de Horas Extra 2026 – Precio y Límites Legales

Las horas extraordinarias son aquellas que se trabajan por encima de la jornada máxima legal (40 horas semanales de media anual) o de la jornada establecida en convenio. El artículo 35 del Estatuto de los Trabajadores las regula y establece un límite máximo de 80 horas extra al año por trabajador.

La retribución de las horas extra depende del convenio colectivo aplicable. Aunque el ET permite que se paguen al mismo valor que la hora ordinaria, la mayoría de convenios establecen recargos del 25% al 100% o más. También pueden compensarse con tiempo de descanso equivalente en los 4 meses siguientes.

Nuestra calculadora te permite determinar el valor de tus horas extra según tu salario hora ordinaria y el porcentaje de recargo que aplique tu convenio. Así podrás verificar que te pagan correctamente y conocer el impacto en tu nómina.

Datos de las horas extra

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Cómo se calcula el valor de las horas extra

1. Calcular el valor de la hora ordinaria

Hora ordinaria = Salario bruto anual ÷ Horas anuales trabajadas

Ejemplo: 28.000 € ÷ 1.880 horas = 14,89 € la hora ordinaria

2. Aplicar el recargo del convenio

Consulta tu convenio colectivo para conocer el porcentaje de recargo:

  • Sin recargo (ET mínimo): Hora extra = Hora ordinaria
  • Recargo 25%: Hora extra = Hora ordinaria × 1,25
  • Recargo 50%: Hora extra = Hora ordinaria × 1,50
  • Recargo 75%: Hora extra = Hora ordinaria × 1,75
  • Recargo 100%: Hora extra = Hora ordinaria × 2,00

3. Calcular el total por horas extra

Total = Valor hora extra × Número de horas extra realizadas

Límites legales de las horas extra

Máximo 80 horas/año

El límite legal es de 80 horas extra al año por trabajador (Art. 35 ET). Las compensadas con descanso en los 4 meses siguientes no computan para este límite.

Excepción: fuerza mayor

Las horas extra para prevenir o reparar siniestros y daños extraordinarios no tienen límite y son obligatorias. Se pagan pero no cuentan para las 80.

Prohibición en ciertos casos

Menores de 18 años, trabajadores nocturnos (salvo excepciones), y durante la reducción de jornada por guarda legal no pueden hacer horas extra.

Registro obligatorio

La empresa debe registrar la jornada diaria de cada trabajador y totalizar las horas extra. El registro debe conservarse 4 años.

Ejemplos de cálculo de horas extra

Recargo 25%

20 horas extra mensuales

  • Hora ordinaria: 12 €
  • Recargo convenio: 25%
  • Horas extra: 20 horas

Hora extra: 12 × 1,25 = 15 €

Total: 15 × 20 = 300 €

+300 € brutos

Recargo 75%

10 horas extra semanales

  • Hora ordinaria: 18 €
  • Recargo convenio: 75%
  • Horas extra: 10 horas

Hora extra: 18 × 1,75 = 31,50 €

Total: 31,50 × 10 = 315 €

+315 € brutos

Compensación descanso

8 horas extra = días libres

  • Horas extra realizadas: 8 horas
  • Compensación: Descanso 1,25:1
  • Jornada diaria: 8 horas

Descanso: 8 × 1,25 = 10 horas

Equivalente: 1 día y 2 horas libres

0 € (compensa con tiempo)

Errores comunes con las horas extra

1. No cobrarlas porque "son parte del trabajo"

Las horas extra siempre deben compensarse: con pago o con descanso. Trabajar gratis "porque hay mucho trabajo" es ilegal.

2. Aceptar pagarlas "en negro"

Las horas extra no declaradas no cotizan a la SS ni tributan IRPF. Pierdes derechos de jubilación y te arriesgas a inspecciones.

3. No registrar las horas realizadas

Si no tienes prueba de las horas extra, será difícil reclamarlas. Guarda emails, registros de entrada/salida, o haz tu propio registro.

4. Superar las 80 horas sin darse cuenta

Lleva un control de tus horas extra acumuladas. Superar el límite puede generar problemas a la empresa, pero también fatiga y riesgos para ti.

Preguntas frecuentes sobre horas extra

Las horas extraordinarias son las que exceden la jornada máxima legal (40 horas semanales de media anual) o la jornada pactada en convenio si es inferior. El artículo 35 del Estatuto de los Trabajadores limita las horas extra a 80 al año, salvo las realizadas para prevenir o reparar siniestros (fuerza mayor). El incumplimiento puede acarrear sanciones a la empresa.

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Aviso importante: Esta calculadora proporciona una estimación orientativa basada en la normativa vigente. Los resultados no constituyen asesoramiento legal, fiscal o laboral y no sustituyen la consulta con un profesional cualificado. Para situaciones específicas, recomendamos consultar con un abogado laboralista o asesor fiscal.

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